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Agenda latinoamericana del trabajo, el empleo y la protección social

Para una América Latina integrada, solidaria con justicia social


ESPECIALISTAS EN RELACIONES LABORALES GRUPO BOLOGNA, CASTILLA LA MANCHA, TURIN


Introducción


Enrique Deibe


El mundo está atravesando una nueva crisis, esta vez de carácter humanitaria siendo tal vez la más dramática de los últimos 100 años. La irrupción de un virus de gran circulación en un planeta altamente globalizado y con traslados permanentes de millones de personas por todas las regiones y países provoco la irrupción de una pandemia mundial de larga duración. Las características de este tipo de pandemia fundamentalmente por su facilidad de contagio, provocó el cierre de los países y permanentes avances y retrocesos en las medidas de aislamiento y distanciamiento social generando caída de la actividad económica en todos los países y cambios en las conductas de consumo limitándose fundamentalmente a los productos de primera necesidad alimenticia y sanitaria.


Asimismo, esta situación profundizó severamente los problemas de empleo y pobreza agudizando las desigualdades sociales que en América Latina son muy profundas y estructurales.


Los grupos latinoamericanos de especialistas en relaciones laborales constituyen una red amplia y jerarquizada de opinión y pensamiento en la cual conviven funcionarios y ex funcionarios en altos cargos de gobierno, representantes de trabajadores, de empleadores y destacados profesionales de la academia. Hace un año en el XVIII Encuentro de Ex becarios en homenaje a Pedro Guglielmetti, realizado en Toledo, nos comprometimos a trabajar en una agenda latinoamericana del trabajo considerando que era muy importante recuperar su centralidad y significación subjetiva como generador de identidad y riqueza, en la sociedad, en la economía y en la política. Este compromiso esta plenamente vigente y como grupo argentino debíamos producir un primer documento para compartir con todos los grupos nacionales.


La crisis de la pandemia destaco aún más la necesidad de proponer una agenda que de cuenta de los desafíos del mundo del trabajo en el proceso complejo en el que los países transitan y transitarán durante y a la finalización de la pandemia. En todos los países la situación del agravamiento de la situación social, la precarización laboral y el desempleo y la caída del PBI pone en descubierto el enorme desafío para los estados y los actores sociales para dar una respuesta sustentable económica y medioambientalmente.


El crecimiento económico y las políticas de desarrollo productivo serán fundamentales para recomponer la situación, pero no serán suficientes si no contemplan la cuestión social y el empleo. No es la economía la solución de los problemas de la humanidad, es la política la que puede y debe responder ante tamaño desafío. Para nosotros como grupo de pensamiento y acción tenemos la responsabilidad de generar y proponer debates al seno de nuestra red y en cada uno de nuestros países sobre la cuestión del trabajo y la protección social y animar a discutir sobre las profundas contradicciones que hoy están en disputa en nuestros países y en el mundo. Reconocemos las diferentes situaciones regionales y de los países, tanto económicas de desarrollo, políticas y sociales, pero siempre nos movilizo un sentir común que es la preocupación por un mundo mejor sobre la base del trabajo y la dignidad de los trabajadores.


Animémonos una vez mas a reflexionar colectivamente con la convicción de que podemos aportar humildemente desde cada uno de nosotros al objetivo de un mundo mas justo, más equitativo sin discriminaciones en un planeta ambientalmente sustentable y con el trabajo como centro de la vida humano procurando fortalecer el derecho laboral y las relaciones laborales sobre la base del dialogo social y el tripartimos que siempre hemos defendido para resolver los conflictos permanentes en las sociedad.


El documento que queremos compartir está compuesto por cinco capítulos que desarrollan cinco temas que entendimos relevantes para este momento y que proponemos a los grupos nacionales sirva como punto de partida para un debate amplio y abierto a otras propuestas que den cuenta de los objetivos propuestos. Como decíamos los temas elegidos no son de ninguna manera ni excluyentes ni exhaustivos, pero creemos que en todos nuestros países son temas que estarán en discusión y generaran disputa de intereses y nuestra contribución, acotada sin duda, será propiciar pistas para la reflexión y la discusión.


El próximo 31 de octubre hemos acordado con los representantes de los grupos nacionales de exbecarios realizar una jornada virtual de puesta en común de la agenda Latinoamérica del Trabajo, el Empleo y la Protección Social. Ese encuentro, que no sustituye al que seguramente tendremos como XXIX Encuentro de ex becarios de Bologna, en la ciudad de México en el próximo año 2021, será una excelente oportunidad de vernos a la distancia y mantener el espíritu de nuestra red tan vivo como en estos 30 años de vida.


I. La Protección Social - Pos Pandemia. Dialogo Social, Negociación Colectiva y Relaciones Formales de Trabajo. Nuevas Regulaciones. Inspección del Trabajo.


Carlos Ullúa, Marta Felperín, Javier Paoloni


El Diálogo Social en la República Argentina.

Si bien es reiterado en cada tratado, manual o artículo referido al Diálogo Social, no obstante, siempre es útil enfatizar que en este concepto se incluye a todos los procesos de negociación, mecanismos de consulta e intercambio de información entre representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores sobre temas de interés común. Es por ello que continuamente se afirma que es necesario el fortalecimiento del Diálogo Social.

Sin embargo, no siempre se pone de manifiesto las condiciones sine qua non existe el Diálogo Social, esto es: a) la existencia de actores con suficiente poder de negociación, que se reconozcan mutuamente la representatividad que cada uno ostentan; b) el respeto irrestricto a los límites constitucionales y legales que cada actor tiene en el ejercicio de su representatividad, a efectos de salvaguardar la Soberanía del Pueblo –mediante la actuación de los órganos deliberativos de la representación política de cada sociedad y la necesaria intermediación de los Partidos Políticos-; c) la determinación clara y precisa de los intereses en común que pueden y deben ser abordados por los actores del Mundo del Trabajo; d) El establecimiento de reglas de juego que permitan la construcción de consensos y el respeto de los disensos basados en pautas intersubjetivamente válidas. En efecto, para la ejecución del Diálogo Social es prioritario tener en cuenta estas condiciones, poniendo especial atención en garantizar el fortalecimiento del sector representativo de los trabajadores no solo en su capacidad para negociar, sino en la profundización de los argumentos que nos permitan alcanzar acuerdos en la etapa de la post pandemia del COVID 19, que pese a ser novedosa –en el sentido que no vislumbramos otro momento de la historia en que el mundo haya quedado con los niveles de desempleo, desigualdad, pobreza, deuda y frustración política que tendremos cuando hayamos podido superar la pandemia actual- nos interpela a generar las condiciones necesarias para proteger y promover al trabajo en todas sus formas. En este sentido, la Resolución N° 550 del 30 de junio de 2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la que se crea la COMISIÓN TRIPARTITA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA en el marco del PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA y del SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA, ha sido una feliz noticia en el medio de la incertidumbre y las preocupaciones ocasionadas por las consecuencias sanitarias, sociales, laborales, económicas y educativas que trae aparejado el virus COVID- 19 y su inédita extensión mundial en un brevísimo período de tiempo.

Este COMISIÓN TRIPARTITA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA tendrá por objetivo la construcción de los consensos necesarios para el diseño, formulación, evaluación y planificación de las políticas públicas, líneas de acción y programas que integran el PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA y al día de la fecha ya ha tenido su primera reunión en la Sede del Ministerio de Trabajo mediante la utilización de una plataforma que sostiene la modalidad virtual compatible con las medidas sanitarias de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuestas.

Decimos que es una excelente noticia dado que han pasado NUEVE (9) años desde que se dictó la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 434/2011 que constituyó el SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA y más de QUINCE (15) desde que comenzaron a funcionar los primeros Consejos Sectoriales de Formación, sin que se hayan perfeccionados los mecanismos de Diálogo Social en materia de capacitación laboral y de formación profesional de personas trabajadoras, sean estas ocupadas, desocupadas, registradas, como no registradas, con trabajos estables unidos plenamente al Sistema de Seguridad Social o precarios con ausencia total o parcial de las prestaciones de la Seguridad Social. La Negociación Colectiva en la Argentina en la pre-pandemia y durante la Pandemia COVID 19.

La República Argentina comenzó el año 2.020, en materia de relaciones laborales, con los efectos de la Ley N° 27.541 sancionada por el Congreso de la Nación en el mes de diciembre de 2.019, que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, estableciendo como bases de la delegación de facultades al Poder Ejecutivo Nacional –entre otras– los siguientes objetivos: crear condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos; promover la reactivación productiva, poniendo el acento en la generación de incentivos focalizados y en la implementación de planes de regularización de deudas tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social para las micro, pequeñas y medianas empresas; fortalecer el carácter redistributivo y solidario de los haberes previsionales considerando los distintos regímenes que lo integran como un sistema único, con la finalidad de mejorar el poder adquisitivo de aquellos que perciben los menores ingresos; e impulsar la recuperación de los salarios atendiendo a los sectores más vulnerados y generar mecanismos para facilitar la obtención de acuerdos salariales. Esta ley fue precedida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34 del 13 de diciembre de 2019 que declaró la emergencia pública en materia ocupacional y dispuso la duplicación de las indemnizaciones por despidos sin expresión de causa (esta norma fue prorrogada por lo que sus efectos continuarán hasta fines del 2020). Los fundamentos de la Ley Emergencia Pública N° 27541 estuvieron dados por las condiciones sociolaborales y económicas existentes en la República Argentina mucho antes de la Pandemia COVID 19 (que fueron descriptas en el documento “Agenda Urgente para una Sociedad de Trabajo” Julio 2019 Friedrich Ebert Stiftung Argentina). Cabe destacar que debido a las referidas condiciones pre-pandemia, durante el primer trimestre del 2020 pocas negociaciones colectivas se pudieron desarrollar y/o concertar.

Declarada la Pandemia, el Poder Ejecutivo Nacional emitió una serie de normas –entre las que se encuentra el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020-, que han afectado en diferentes modos e intensidades a todas las regulaciones y relaciones laborales existentes hasta la fecha.

Entre las normas dictadas en el marco de la Emergencia, también merece destacarse el DNU 329/2020 del 31/03/2020 que, si bien dispuso la prohibición de despidos y suspensiones sin justa causa o por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, hizo hincapié entre sus considerandos, en la promoción del Estado y la invitación a los actores sociales a protagonizar un “diálogo social en todos los niveles”, en tanto resaltó que el “tránsito de la emergencia” no lo debe ser a través de medidas unilaterales, desde que, con las mismas se agravarían en mayor medida los problemas que el ASPO procuraba remediar. A tal efecto, se habilitó en el artículo 3º de dicha norma la concertación entre partes -individual o colectivamente- de la disposición de la calidad jurídica de los haberes salariales de los trabajadores dependientes del sector privado. El Decreto de Prohibición de Despidos y Suspensiones fue complementado por el DNU 332/2020 del 1º/04/2020 (Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción ) dictado con el objetivo de “ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia”-, el Estado Argentino promovió activamente a los actores sociales encuadrados en las relaciones formales de trabajo -que alcanza a un 50% de la PEA- al diálogo social; disponiendo para el resto, un ingreso mínimo asegurado denominado “Salario Social”. Asegurado, de un modo u otro, el “ingreso” de los ciudadanos y la “asistencia” a las empresas, el ASPO se asegura cumpliendo el mismo en sus domicilios el segundo sector, y el primero estando asegurada jurídicamente la suspensión del Deber de Asistencia al Trabajo, salvo excepciones: 1) generales: aquellas actividades determinadas como “esenciales” salvo que de buena fe las partes individual o colectivamente dispongan el trabajo a distancia de los mismo y 2) especiales: aquellos trabajadores considerados “esenciales” para el adecuado funcionamiento de la empresa o establecimiento. Estas excepciones a su vez tenían excepciones como ser: Personal mayor de 60 años, o con comorbilidades previas (grupos de riesgo) o embarazadas.

A consecuencia de las normas comentadas una parte importante -sin bien no todos- de los actores del Mundo del Trabajo en Argentina impulsaron mecanismos de concertación social – como lo es el Acuerdo CGT/UIA del 27.04.2020 “Sostenimiento del Trabajo y la Producción frente al Covid 19”- que concluyen normativamente con la Resolución N º 397/2020 dictada por el Ministerio de Trabajo de la Nación, que normativiza las postulaciones formuladas por los Actores Sociales en el “Acuerdo Marco” del 27.04.2020.

Algunos autores destacaron la suscripción del “Acuerdo Marco” como “...una práctica importante de diálogo social y negociación colectiva Interconfederal …asegurando un marco de composición de controversias”. Asimismo, de las negociaciones y “Acuerdos Salariales” concertados por Empresarios y Sindicatos en cada actividad (Metalúrgicos, Empleados de Comercio, Gastronómicos, etc.) se destacan distintos objetivos centrales como ser: “…privilegiado el mantenimiento del aparato productivo nacional…” (UOM del 28.04.2020) o “Convenio de Emergencia por Suspensión de Actividades y para el Sostenimiento de los Puestos de Trabajo y la Actividad Productiva” (FAECYS del 05.05.2020); entre tantos otros. En todos ellos, se concuerda en regular el régimen de suspensiones de la prestación laboral y el aseguramiento de los ingresos dinerarios de las y los trabajadores durante los períodos concertados en cada uno de los acuerdos -convenios que han ido renovándose -con distinto alcance e intensidad- en cada una de las actividades, hasta la fecha. Es común también, que el régimen de suspensiones concertados es de alcance particular a la actividad, más el ingreso del personal alcanzado está sujeto además -en una proporción sustancial- al aporte del Estado Nacional por varias vías: a) Salario directo -al personal- concretado mediante el instituto del “Salario Complementario” previsto en el régimen del PATyP con un límite de 2 SMVyM y b) Salario Indirecto -a las Empresas- concretado mediante el instituto de la “Reducción de Contribuciones Patronales” previsto en el régimen del PATyP; lo que en algún modo, ambos institutos disminuyen en forma sensible los ingresos de los Organismos de la Seguridad Social. Es común también, que todos los acuerdos celebrados por los Sectores Empresarios y Sindicales bajo el ámbito de la Resolución Ministerial 397/2020 son verificados en su contenido y forma por la Autoridad de Aplicación -Secretaría de Trabajo- quién en cada acto homologatorio de los mismos - total o parcialmente- informa en sus Considerando que “...la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, ...tomó la intervención que le compete...”. Nuevas Regulaciones Laborales en Argentina.

En cuanto a las nuevas regulaciones, merece atención la Ley 27.555 “Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo”, aplicable al ámbito de los trabajadores del Sector Privado. Esta norma, en su artículo 1º, tiende a regular “...la modalidad de Teletrabajo en aquellas actividades, que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan; y cuyos aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas...”, disponiéndose en su artículo 19 que la misma entrará en vigencia “...luego de 90 días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Resulta ser pues, una respuesta legal a condiciones de hecho impuestas masiva e irreguladamente en distintas actividades y/o puestos de trabajo en el marco de la pandemia, y conforme variados precedentes legislativos nunca consolidados en el ámbito parlamentario y antecedentes normativos nacionales de vieja data (Ley de Trabajo a Domicilio), o de reciente consideración (DNU 329/2020) en materia de relaciones laborales o (Resolución Nº 147 MTEySS y Resolución Nº 21/2020 de la SRT) en materia de riesgos del trabajo. La ley 27.555 regula los distintos aspectos del trabajo a distancia… destacándose que: 1º) los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 8° y 17 supeditan a la Negociación Colectiva la regulación de aspectos específicos del régimen y 2º) el artículo 18 otorga al MTEySS la facultad de dictar la reglamentación respectiva dentro de los 90 días. En relación a su rol de Inspección, se regula con amplitud y particularidad cada aspecto, tanto en relación a 1) la composición del Sector Empleador de la Actividad, como en relación 2) al cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales, como en relación a 3) la inspección de la persona que trabaja y su autorización previa al efecto, en su artículo 18. La inspección del trabajo en la República Argentina.

El Poder de Policita constituye una de las facultades no delegadas por las Provincias al Gobierno Federal, por lo que existen dos normas que regulan su desarrollo coordinado y armónico en todo el Territorio Federal. El primero está constituido por el Pacto Federal del Trabajo, aprobado por la Ley N° 25.212 y ratificado por cada Legislatura Provincial. La segunda norma que cabe citar es la Ley de Ordenamiento Laboral N° 25.877 que creó el Sistema Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social (SIDITYSS), destinado al control y fiscalización del cumplimiento de las normas del trabajo y de la seguridad social en todo el territorio nacional, a fin de garantizar los derechos de los trabajadores previstos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y en los Convenios Internacionales ratificados por la República Argentina, eliminar el empleo no registrado y las demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social provoquen.

Conclusiones

A efectos de garantizar el Diálogo Social es prioritario garantizar el fortalecimiento del sector representativo de los trabajadores no solo en su capacidad para negociar, sino en la profundización de los argumentos que nos permitan alcanzar acuerdos en la etapa de la post pandemia del COVID 19, que nos exigirá imperativamente generar las condiciones necesarias para proteger y promover al trabajo en todas sus formas.

Asimismo, las formas de trabajo que se han desarrollado aceleradamente en la pandemia (teletrabajo, trabajo de plataformas, servicios esenciales, cuidados y nuevos emprendimientos de subsistencia) nos exigen una legislación protectoria que incluya el dialogo social y la negociación colectiva a fin de garantizar los derechos laborales de todos los trabajadores.


En la normativa citada sobre inspección del trabajo se evidencia el esfuerzo para coordinar esfuerzos gubernamentales, la pandemia del COVID 19, afectó sensiblemente las actividades de inspección laboral, agravando un fuerte déficit de control del cumplimiento de las normas del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, como así también de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo, exigiendo a todos los actores del Mundo del Trabajo a promover el fortalecimiento de los servicios provinciales de inspección, como así también en la necesaria articulación entre las Autoridades Administrativas del Trabajo Provinciales, las Entidades Representativas de Trabajadores y de Empleadores y el Estado Federal, frente a las consecuencias de la Pandemia originada en el virus COVID 19 a las que deberemos enfrentar en sus manifestaciones de desocupación, empleo no registrado, empleo precario, trabajo sin seguridad ni cumplimiento de las normas de higiene laboral, etc.


A su vez, las normas de Aislamiento decididas por el Gobierno Federal se han convertido en plataforma para reconfigurar el sistema de inspección de trabajo a partir de la utilización de herramientas digitales, que pueden sustituir en algunos casos, o complementar a otros la necesaria presencialidad del inspector en los lugares de trabajo.


II. Empleo y Formación Profesional.

Luis Castillo Marín, Mercedes Grané Sandra Pérez, Marcel Peralta


Antecedentes y Etapas Legislación flexibilizadora y la irrupción del desempleo

Las políticas de ajuste de la década del ´90, a poco de ser implementadas, se hicieron sentir en materia de empleo. Los índices, quizás acallados por la contención del empleo a través del empleo público en décadas anteriores, empezaron a aumentar sensiblemente y hasta “justificaron” la sanción de la ley 24.013 en 1991. La estrecha vinculación entre la política industrial y la formación profesional, llevan, en esta época, a que se pierdan puestos de trabajo de técnicos y especialistas. La Formación de los trabajadores se produce en épocas de baja demanda de empleo y con un amplio espacio de la formación profesional ocupado por centros privados de formación. La intervención del Estado se produce a través de un sistema de transferencias de ingresos a esos centros privados o a algunos sindicatos. La década de los años 90´ lamentablemente modifica el eje de las políticas de formación profesional. Se vuelven a priorizar las necesidades de la empresa, la productividad y la polivalencia de los trabajadores. No sorprende que en esta época, la flexibilidad laboral se perciba también en la capacitación y formación de los trabajadores.

La crisis general del 2001, produce una enorme pérdida de puestos de trabajo, con tasas de desempleo del 25%, y la acción del Estado tiene que destinarse a evitar la situaciones de extrema pobreza, con un Programa de subsidios que tuvo por nombre Plan Jefes y Jefas de Hogar. La crisis y el cambio de modelo 2003-2015

a) El trabajo como centro de las políticas públicas: el crecimiento del empleo como una decisión política. El Gobierno instaló el concepto del empleo como centro de las políticas públicas y lo consolidó con hechos concretos: desendeudamiento, políticas neo keynesianas de apoyo a la puesta en marcha de políticas industriales, con protección de la producción nacional y estímulos al consumo, con ampliación de la cobertura de protección social y un fuerte estímulo a la negociación colectiva con recomposición salarial y enriquecimiento de sus contenidos. El trabajador vuelve a ser el eje de las políticas de formación profesional a mediados de la década del 2000. De modo paulatino, a partir del año 2004, este concepto regresa para quedarse y fortalecerse a lo largo de los años. El trabajador se convertirá en el sujeto tutelado de las políticas laborales. Sin embargo, resultaba indispensable conciliar la brecha entre los demandantes de empleo y los requerimientos de las empresas a través de la formación profesional

b) Las políticas públicas para facilitar el acceso al empleo: El Ministerio de Trabajo planteó, a partir del 2003, como objetivo, la creación de un sistema de formación continua (SFC) que contiene como eje fundamental la construcción de una institucionalidad intersectorial basada en el diálogo social entre los actores del mundo del trabajo estado, cámaras, empresas, sindicatos, trabajadores e instituciones de formación profesional.

c) Oferta pública de trabajo. Aparece la intervención del Estado en la intermediación entre puestos ofrecidos y puestos demandados, que requieren de un ajuste o adecuación que no puede quedar librado a la mano invisible del mercado. Tal intervención se dio a través de las Oficinas de Empleo.

d) Programas dirigidos a población vulnerable: A la salida de la crisis del 2001, desde mayo del 2003 la heterogeneidad de situaciones que limitan el acceso al mercado de trabajo a los sectores más vulnerables generó la necesidad de diseñar acciones específicas de mejora de la empleabilidad, que van desde otorgar incentivos para lograr la calificación o recalificación laboral, para promover la inserción laboral en relación de dependencia o en forma independiente, hasta apoyar estado el sostenimiento del empleo. Pero, en el marco también de estas políticas de empleo, y debido a la heterogeneidad referida, se han diseñado programas dirigidos a brindar cobertura a las poblaciones más vulnerables. Para ello, se diseñaron programas previa identificación de las poblaciones más vulnerables en términos de empleo: jóvenes, jefes de hogar desocupados con hijos menores, discapacitados, trabajadores rurales estacionales, trabajadores suspendidos o despedidos sin justa causa. La vuelta a las políticas neoliberales 2015-2019

Desde el MTEySS se informa que no se diseñaron nuevos programas de formación profesional, ni hubo modificaciones significativas en los que se venían ejecutando. La novedad más visible de la nueva gestión es la reducción a un tercio en la cantidad de acciones de formación que se venían ejecutando.

Asimismo, respecto de los programas diseñados durante la gestión macrista, tales como el Programa Nacional de Transformación Productiva (Ley 27264), el Programa de Transición al Salario Social Complementario (Ley 27345), el Programa de Inserción Laboral (Decreto 304), el Proyecto de Ley de Régimen de Promoción del Primer Empleo y de la Formalización del Trabajo (Proyecto de Ley P.E.), es válido destacar que el elemento común a todos ellos es que incluyen incentivos económicos y reducción de contribuciones patronales para subsidiar desde el Estado los costos laborales de los empleadores. Se vuelve a la política de subsidio y defensa de los intereses de las empresas.

El macrismo instala la idea de la meritocracia donde el rol y la responsabilidad del Estado se diluye; descargando ésta en el trabajador, a quien le adjudica la responsabilidad individual respecto de su trayectoria e itinerario tanto formativo, como del empleo. Situación Actual Pandemia.

La irrupción de la pandemia en la Argentina -al igual que otros países en el mundo - no sólo afectó la vida de numerosas personas, sino que está generando consecuencias, sociales, económicas y laborales. En un contexto de los últimos años de recesión económica y de tasas de desempleo de alrededor del 10%, las medidas tomadas en la emergencia sanitaria frente a la pandemia, como la suspensión de asistencia a los lugares de trabajo y el aislamiento social, preventivo y obligatorio, afectaron negativamente a la actividad económica y a los ingresos de los sectores más vulnerables de la población y el FMI, estima una caída del PBI en el año 2020, de alrededor del 10%. Las políticas desplegadas desde el Gobierno Nacional (que había asumido en diciembre del año 2019) en respuesta a la pandemia, fue muy amplia e incluyen:

Políticas para cuidar la salud de los trabajadores: No concurrencia a los lugares de trabajo en las actividades no esenciales. Impulsar las formas de trabajo no presenciales (teletrabajo). Medidas de seguridad en el trabajo frente al COVID 19 y su inclusión como enfermedad profesional no listada. Políticas referidas al ingreso de les trabajadores: Ingreso Familiar de emergencia de $ 10.000 (en principio por un mes y ya lleva 5 meses) para trabajadores de la economía informal, desocupados, monotributistas de las categorías más bajas y trabajadoras de casas particulares. Bonos de $ 5.000 a trabajadores de salud y seguridad. Pago extraordinario de la AUxH y AUE. Prórroga a la finalización del Seguro por Desempleo y aumento de su monto mínimo y máximo.

Políticas para mantener el empleo: Prohibición de despidos y suspensiones sin causa, por falta y disminución del trabajo o fuerza mayor. Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción para las empresas afectadas, un subsidio del 50% del salario neto, estableciendo algunas obligaciones a las empresas.

Políticas de ayuda económica y financiera a las empresas: Postergación en el pago y reducción de las contribuciones patronales. Fondo de Garantía para PYMES. Financiamiento para el pago de salarios y capital de trabajo. Facilitar el crédito a las empresas.

El contexto de la emergencia sanitaria generó respuestas en término de políticas y debates sobre la realidad económica, laboral y social, que exceden de la cuestión estrictamente sanitaria y que se continuarán de alguna manera en la “normalidad post-pandemia”.

Los temas en debate no son originales, ni surgen por primera vez y entre ellos se podrían mencionar:

a) El cuidado de las personas que la emergencia sanitaria hizo evidente y revalorizó, ¿cómo se incluye en políticas a más largo plazo, que además impulsen la reducción de la discriminación de género?

b) La transferencia de ingresos a los sectores de la población más vulnerables, del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y el subsidio al salario del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, permitió reducir el impacto de la crisis, con un fuerte gasto por parte del Estado. ¿Cómo se obtendrán los recursos para continuar esas políticas en un plazo mayor, hasta tanto se generen nuevos ingresos a partir de la recuperación de la actividad económica y del trabajo?

c) En la emergencia sanitaria se priorizó el apoyo a los sectores productivos a partir de subsidios al salario y facilitar el acceso al financiamiento. ¿Cómo se irán desplegando las políticas industriales y tecnológicas que mejoren la productividad de las empresas más pequeñas y el cuidado del medio ambiente?

d) La recuperación de la capacidad del Estado para responder en la emergencia sanitaria, coordinando entre diversos niveles (nación/provincias/municipios) y acordar con los sectores sociales. ¿Podrá ser continuado, mejorando la institucionalidad existente? Políticas de Empleo Importancia del trabajo, para la reproducción de la sociedad. Ampliación del concepto de trabajo. Cuidado de personas y del medio ambiente.

El trabajo típico, conocido como aquella relación laboral empleador-trabajador donde el trabajador percibe un salario, tiene una jornada de trabajo determinada y cotiza en la seguridad social, se está transformando en el trabajo (a)típico. Mientras que el trabajo atípico, está pasando a ser el trabajo típico en la mayoría de los mercados de trabajo contemporáneos, en donde Argentina no es la excepción. El trabajo atípico incluye distintas formas de trabajo entre las que se pueden mencionar: el trabajador/a informal, sin cotización en la seguridad social, de baja productividad, eventual, temporal, a tiempo parcial, no remunerado, encubierto o por cuenta propia, y el trabajo en domicilio. A esas formas atípicas de trabajo se debe sumar nuevas formas de trabajo, muy poco reguladas, que surgen con la innovación tecnológica y que se conoce como economía de plataformas, o los empleos verdes, el cuidado de personas o el teletrabajo, por mencionar algunos casos concretos, que requieren ser pensados por el Estado, los sindicatos y empresarios como parte del trabajo típico.

Recuperar la negociación colectiva y la inspección del trabajo es esencial para fortalecer el mercado de trabajo. Sin embargo, ello no resulta suficiente si no se tienen en cuenta las nuevas formas de trabajo. Todo ello representa un desafío que tiene que formar parte de la agenda de los actores del mundo del trabajo en Argentina.

Reducción de desigualdades entre empresas (tamaño, localización y sector) y entre trabajadores (edad, género y grupos vulnerables).

Los distintos colectivos de trabajadores y trabajadoras, en particular los más vulnerables, han venido sufriendo en los últimos años las desigualdades de una economía y un mercado que en lugar de integrar y generar más y mejores oportunidades de inserción social y laboral las ha fragmentado generando mayores heterogeneidades en cuanto a derechos, ingresos, accesos a servicios de educación, salud, empleo, etc. El COVID ha impuesto una nueva realidad en Argentina y en el mundo. Aún no sabemos el camino o los escenarios a los que deberemos enfrentarnos, pero hay algunos indicios. Como, por ejemplo, recuperar la autonomía en la producción de determinados bienes y servicios, como la farmacéutica, salud, alimentos, desarrollar mejores canales de comunicación y sistemas de gestión en las empresas haciendo uso de la tecnología, fortalecer las competencias y habilidades transversales de los trabajadores ante una nueva forma de trabajo que los empresarios consideraban imposible de llevar a cabo, como el teletrabajo.

Argentina contaba previo al Gobierno de Mauricio Macri, con un conjunto de programas de apoyo y sostenimiento del empleo comparable con cualquier país del mundo. Para ponerlos nuevamente en marcha, es necesario recuperar la institucionalidad y el rol de la red de servicios públicos de empleo tanto a nivel nacional como local. Fortalecerla, y dotarla de un sistema de gestión e información que permita ofrecer servicios y atender a los trabajadores y trabajadoras no solo de manera presencial sino también aprovechando y haciendo uso de la tecnología y la economía del dato. Resulta fundamental que puedan atender las realidades y necesidades de los distintos colectivos de trabajadores y trabajadoras (jóvenes, adultos, rurales, discapacitados, desocupados de larga duración, mujeres, etc.).


Resumiendo, es necesario recuperar y desarrollar programas y servicios de empleo que pueden agruparse en los siguientes ejes (siguiendo la clasificación de los programas de empleo españoles en 2019): 1. Orientación 2. Formación 3. Empleo 4. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo 5. Emprendimiento 6. Mejora institucional de los Servicios Públicos de Empleo Impacto de las innovaciones tecnológicas en el mundo del trabajo (de la robotización a las economías de plataforma)

Según OIT (OIT; 2019)[1], los avances tecnológicos –la inteligencia artificial, la automatización y la robótica– crearán nuevos puestos de trabajo, pero quienes van a perder sus trabajos en esta transición podrían ser los menos preparados para aprovechar las nuevas oportunidades. Las competencias de hoy no se ajustarán a los trabajos de mañana y las nuevas competencias adquiridas pueden quedar desfasadas rápidamente. La ecologización de las economías creará millones de puestos de trabajo a medida que adoptemos prácticas sostenibles y tecnologías limpias; en cambio, otros puestos de trabajo desaparecerán cuando los países vayan reduciendo progresivamente sus industrias basadas en el carbón y en el uso intensivo de los recursos. Argentina no solo debe centrarse en la recuperación de sus políticas y programas de empleo, sino también avanzar en el diseño de políticas que acompañen el desarrollo de su economía digital identificando aquellos sectores de actividad y cadenas de valor que en el corto y mediano plazo estarán en condiciones de innovar e incorporar nuevas tecnologías (inteligencia artificial, robotización y la impresión 3D). Ello a su vez, requerirá de una adaptación y redefinición de sus procesos de producción, así como una reorganización de sus empresas, capacitación y adquisición de nuevas competencias de sus empleados, así como una reubicación de sus trabajadores. Adelantarse a este nuevo escenario con políticas de empleo que acompañen a trabajadores y empleadores es un desafío y un camino que requiere especial atención por parte del Gobierno Argentino y de las organizaciones del mundo del trabajo.


Junto con el avance de la innovación y la economía digital, Argentina tiene que desarrollar una economía que incluya el aprovechamiento de sus recursos naturales, la energía renovable y la eficiencia energética, por mencionar algunos sectores de actividad, para crear empleos verdes para la protección del medio ambiente, el desarrollo económico y la inclusión social. El empleo verde se traduce en muchos tipos de puestos de trabajo: desde oficios relacionados con los elementos naturales y sus residuos, hasta la producción y venta de productos ecológicos. También, se consideran empleos verdes los servicios destinados a reducir la contaminación. Ejemplos de empleos verdes son la rehabilitación energética de edificios, la agricultura ecológica, el turismo sostenible, la movilidad sostenible, por mencionar algunos. Avanzar en una política que promueva el desarrollo y crecimiento de empleos verdes permitirá generar nuevos puestos de trabajo para aquellos colectivos de trabajadores vulnerables o bien para los que puedan enfrentarse a una inminente pérdida del empleo como consecuencia de la innovación tecnológica. Participación de los distintos niveles del Estado y de las organizaciones de la sociedad civil.


Las políticas de empleo tienen que volver a ser el centro en la toma de decisiones desde lo económico, lo tributario, el comercio nacional como internacional, el crecimiento y desarrollo, la educación, la salud, etc. Ellas por sí solas no pueden cambiar la realidad de millones de argentinos. Resulta necesario un plan económico de desarrollo y crecimiento que requiera de los trabajadores y trabajadoras de este país. El mercado por sí solo no soluciona los problemas de los ciudadanos como tampoco el Estado por sí solo puede hacerlo. Es por ello que resulta necesario retomar la senda del diálogo social en la que intervengan todas las instituciones del mundo del trabajo. Es necesario recuperar su institucionalidad y el rol fundamental que cada una de ellas desempeña para construir los cimientos y las bases de una Argentina justa y soberana con menos desigualdades y mayor integración social. A su vez, y acompañando la revolución 4.0, el Estado tiene que invertir en nuevas tecnologías de comunicación e información -la economía del dato- para diseñar políticas y programas que promuevan el desarrollo y crecimiento de todos los sectores de actividad, así como la inclusión y mejora de la calidad del empleo de todos sus trabajadores. El Estado (nacional, provincial y municipal) tiene que poder brindar respuestas ágiles y de calidad orientadas al servicio y atención del ciudadano y empresarios.

Políticas de Formación Profesional Articulación con el sistema educativo. Sustentabilidad. Responsabilidad del Estado y el diálogo social, sectorial y territorial.


La formación profesional se constituye en espacio de confluencia/articulación entre el mundo de la educación y el trabajo, donde el vértice de encuentro entre economías capitalista y sistema productivo, resignifica el tipo de vínculo entre ambas dimensiones y las características que asume la formación profesional en el trabajo y para el trabajo. Uno de los desafíos que impone la nueva agenda de la formación profesional es la legitimidad institucional de un nuevo proceso articulador entre los mundos de la educación y el trabajo; es decir el plano de los acuerdos sociales entre los actores del mundo del trabajo y el Estado, a fin de garantizar estabilidad, validación y seguridad a los trabajadores. Se trata de un proceso de vital importancia, en particular en democracias de baja intensidad, donde la institucionalidad muchas veces se encuentra erosionada, dificultando así la construcción de legitimidad e institucionalidades. Los desafíos en este sentido están asociados a: ❑ La tensión en el orden empresario entre la necesidad de liberar saber obrero y mantener el control. ❑ La crisis del orden jerárquico y unidimensional de saberes. ❑ La relevancia del saber ser: aquel saber de trasfondo, del mundo de la vida que pre figura cualquier otro tipo de saber y que no está sujeto a la codificación, sistematización y/o formalización. ❑ El destino del trabajo y su papel en la sociedad. ❑ La resignificación de los conceptos calificación y competencias.

Las nuevas formas de organizar el trabajo que permiten incrementos de la eficiencia productiva y la productividad, no han desarrollado nuevas formas de legitimidad (como se si verifica durante el taylorismo fordismo que tuvo como base un acuerdo entre los actores sociales y el Estado durante los treinta años gloriosos del capitalismo) que acompañe los nuevos modelos productivos, y es en este contexto donde el concepto de competencia comienza a instalarse en el paisaje del mundo laboral y educativo “tironeado” por las distintas interpretaciones generadas por ambos mundos que buscan repensar nuevas formas de acuerdo, nuevas modalidades para pensar las RRLL en el marco de la crisis del modelo taylorista fordista y de desarticulación de los vínculos sociales.

La sustentabilidad de las economías actuales depende de cómo se resuelvan los conflictos en términos de la relación trabajo y saber: no sólo desde una mirada técnica sino también desde la mirada del conflicto social y político. Es decir, podemos encontrar sociedades donde prima la privatización del saber (acceso exclusivo y jerárquico), frente a otros modelos sociales alternativos que buscan ser más inclusivos y más democráticos en la circulación de saberes (de mayor equidad en cuanto al acceso al saber y la valorización de las distintas modalidades de construcción del conocimiento). Formación continua y su acreditación a los trabajadores. Dando cuenta de los nuevos sistema productivos y las necesidades de formación profesional

Los actuales contextos productivos son altamente demandantes y movilizantes de conocimientos y saberes (prácticos, profesionales, técnicos, tácitos y codificados). Cabe entonces mencionar que en estos nuevos escenarios comienzan a reconocerse el potencial de productividad que tiene los ámbitos de aprendizajes colectivos, ya que la tecnología no sólo es concebida desde sus aspectos codificados, sino también en términos de valores y saberes construidos colectivamente. La calidad de la implicación del trabajador en el trabajo está vinculada a los conocimientos tecnológicos no formalizados (adquiridos a partir de su experiencia en el puesto de trabajo) que sin embargo no están prescritos, sino que son elementos construidos a lo largo de la biografía del trabajador y que no son reconocidos, incluso por el mismo trabajador. En los actuales procesos de formación debe ocupar un lugar esencial el reconocimiento de la experiencia como instancia de aprendizaje, en un proceso productivo donde la falla es inevitable: siempre hay fracaso; siempre hay una tensión y ajuste permanente entre la tarea prescripta y el trabajo real. Es en esa tensión donde aparece la innovación y creación. La idea del fracaso consiste en entender que el trabajo real se da cuando no se puede realizar las actividades mediante la estricta ejecución de lo que está prescripto. El nuevo paradigma de la formación profesional debe trabajar sobre la noción de “Inteligencia astuta”, conformada por el oficio, es decir por aquellos elementos que implican innovación frente a lo real. La economía del conocimiento demanda repensar el sistema educativo, no para que el mismo responda a necesidades coyunturales, sino para que el sistema asista a las personas en el aprendizaje permanente. La formación profesional debe también dar cuenta de los nuevos sistemas productivos que se sostienen en las economías de plataforma y resignificar sus contenidos, atendiendo estos cambios. También debe incorporar las ideas de sustentabilidad del planeta que variadas voces están planteando en el mundo, y focalizar una línea de acción en la formación para los empleos verdes. Conclusiones


El tiempo que atravesamos supone un enorme desafío para las políticas laborales, de empleo y de formación profesional en particular. Es un tiempo de innovación y creatividad para adaptarse y aportar esfuerzos para paliar los efectos de la pandemia.

Las políticas de empleo y formación profesional deben articularse con el resto de los dispositivos de política pública diseñados y orientados a la población y a las empresas, para paliar los efectos de la crisis en el empleo, producida en el contexto de pandemia.


Puntualmente deben articularse con las políticas activas y pasivas del mercado de trabajo o a los esquemas de ingreso, tales como la AUH o el IFE.

Las políticas de empleo y formación profesional deberán enfatizar la mirada sobre las poblaciones más vulnerables y en riesgo de exclusión, ya que la pandemia muy seguramente acrecentará los problemas de equidad e igualdad en el acceso a bienes y servicios. Las mujeres, son las que tienen más restringido sus posibilidades de compatibilización de las tareas de cuidados con las posibilidades tanto de formarse como de teletrabajar. Hay que prestar especial atención y diseñar estrategias diferenciadas para no agudizar diferencias y exclusiones sociales en materia de formación en esta coyuntura.


El período de pos-pandemia, deberá presentar un aceitado mecanismo de lectura de la demanda formativa y de los requerimientos de la mano de obra, para vincularla y adecuarla a lo requerido por el tejido productivo. Se deberá apelar a la cultura del diálogo social, que resulta vital para dotar de legitimidad y pertinencia a las políticas públicas que reflejen los intereses de los empresarios y los trabajadores, especialmente conmovidos por la crisis.

Una sociedad movilizada y liderada por un Estado que despliega sus políticas para favorecer a aquellos que son las y los más castigadas/os por la crisis, mediante los ámbitos de diálogo y negociación, resultan fundamentales para avanzar sobre grandes acuerdos hacia una sociedad más cohesionada, justa e inclusiva.

III. Plataformas Digitales, Sistemas de Trabajo Virtuales,Teletrabajo

Susana Corradetti, Mercedes Grané, Mariano Muñoz, Juan Otaviano, Daniela Tujague


Una transformación tecnológica desigual.

La incorporación de avances tecnológicos tales como las TICs, la inteligencia artificial, la automatización digital y la robótica implican una transformación de las relaciones laborales a escala global, regional y local. Aunque la destrucción y creación de puestos de trabajo movilizados por el cambio tecnológico demuestra sus alcances, la realidad latinoamericana presenta matices diferentes. El impacto de las transformaciones parece indicar un aumento de los puestos de trabajo de baja calificación, con contratos atípicos o relaciones de trabajo precarias. Si bien los cambios tecnológicos se insertan -y se han incorporado en la historia- según el contexto peculiar de la conflictividad en un período y tiempo determinados, la regla de la llamada revolución digital se enmarca actualmente en una aceleración del proceso de fuga de las protecciones del derecho del trabajo y de la seguridad social.

El planteo de la llamada “economía colaborativa” consiste en rechazar la intensidad de la protección laboral y social de las relaciones laborales que emergen al interior de los modelos de negocios. Desde principios de siglo XX hasta el emergente de las plataformas digitales, ningún modelo empresario había postulado de tal modo la inexistencia de la relación de trabajo asalariada, llevando la esfera de protecciones hasta el mínimo vital, en el mejor de los escenarios. Por su parte, la extensión del teletrabajo durante la pandemia de COVID-19 fue presentada como una oportunidad para la adaptación de la vida laboral y del hogar al mismo tiempo que se adoptaron regulaciones que expresamente admiten la flexibilización de la jornada y los descansos. En ese contexto, la Argentina fue una excepción (Ley de Teletrabajo). Sin embargo, la desterritorialización, la externalización productiva y la algortimización de los procesos aún no fue regulada en un sentido protectorio. La tecnología digital aceleró radicalmente ese proceso. Sin regulaciones que permitan administrar las transiciones técnicas, el impacto de la tecnología y las nuevas formas de trabajo implica la desprotección de trabajadores y trabajadoras, el debilitamiento del sistema de seguridad social y la fragilización de las organizaciones sindicales. El problema de la subclasificación de las relaciones laborales y el debilitamiento de los sistemas universales de protección laboral y social implican un reto que requiere respuestas estatales, sindicales y sociales. Al amparo del solucionismo tecnológico un conjunto de relaciones de trabajo no serían susceptibles de ser alcanzadas por regulaciones protectorias. Las garantías laborales universales o los derechos fundamentales del trabajo no alcanzan a dar cobertura a las nuevas formas de empleo. Esta circunstancia implica un dilema muy serio para los decisores. ¿Cómo incorporar las nuevas formas de organización de la producción y el trabajo sin lesionar los estándares mínimos del trabajo decente? En la región conviven modelos locales que no actualizaron las regulaciones (Uruguay) con los que crearon figuras laborales que admiten una reducción de la intensidad de las protecciones laborales y sociales (Colombia, Brasil), en el contexto de un proceso de reformas laborales neoliberales. Finalmente, hoy más que nunca, disponemos de los recursos tecnológicos que nos permitirían producir bienes y servicios de forma rápida, eficiente y garantizando dignidad laboral para todos. Sin embargo, la colina baja, no sube. Día a día presenciamos aumentos en la precarización y desprotección. Un ingrediente que preocupa a los analistas en Argentina y la mayoría de los países de Latinoamérica es la crisis de confianza. Confianza en el otro, en las instituciones, en la economía, en el futuro. Paralelamente los nuevos formatos de empresas, las plataformas (o más genéricamente la economía colaborativa) crearon mecanismos, a su beneficio, de construcción de confianza a través de “opiniones sobre hechos” de quienes consumieron el producto o usaron el servicio. Utilizan la confianza dispersa en la sociedad y construyen su confianza objetiva. El poder público viene rezagado en estos procesos. Para gestionar políticas públicas y hacer mejor uso de recursos escasos va a necesitar datos, tecnología, redes, pero sobretodo confianza. El propio blockchain es una forma de generar confianza objetiva, a través un banco de datos distribuido y consensual que garantiza la integridad de la información. Es una confianza distribuida en toda la red (operaciones criptográficas).

Se requiere pensar formas de aplicación de tecnología que permita acceso a datos, participación ciudadana y tal vez hasta formas de construcción de políticas públicas con el ciudadano, todo ello bajo la premisa de construcción de confianza. Antiguos y nuevos desafíos.

El mundo inició hace décadas un proceso de externalización de las relaciones laborales, precarización de los vínculos y una creciente tendencia hacia la autonomía -real o no- de los vínculos de trabajo, mostrando la fragilidad cada vez mayor de los sistemas regulatorios laborales creados al calor de la organización fordista, del establecimiento físico o bien de la jornada laboral continua.

Al respecto sugerimos tener en cuenta, entre otras, una herramienta regulatoria del derecho laboral argentino: los estatutos especiales en su versión abierta. Con las herramientas jurídicas adecuadas la economía de plataformas podría garantizar mayores niveles de formalidad e inclusive elevar estándares de derechos -como la soberanía del tiempo de trabajo- contemplando niveles relativos de flexibilidad en la asignación y control del tiempo de trabajo, sin afectar derechos consagrados legal y constitucionalmente. Nuevas formas de Trabajo, nuevas regulaciones o ausencia de ellas. Teletrabajo, un ejemplo de la Adaptación de las regulaciones con perspectiva protectoria.

Es posible, entonces, incorporar la tecnología como medio, como instrumento para trabajar, sin violentar los derechos de los trabajadores ni “autonomizar” una tarea que, previo a la intermediación de las tics fuera del ámbito de la Empresa, había sido claramente dependiente.

La actual legislación argentina recientemente promulgada, incluye la modalidad del teletrabajo en el articulado de la Ley de Contrato de Trabajo (la ley general en la materia) y con ello permite una interpretación sistémica de esta forma de trabajo, atravesada por los principios y los límites clásicos de todo trabajo dependiente. La misma sintonía observamos en el Estudio General de la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones, que, en marzo del corriente año presenta su propuesta para “Promover el empleo y el trabajo decente en un panorama cambiante”. Al analizar las nuevas formas de trabajo la Comisión de Expertos incluyó el teletrabajo y lo insertó en el conjunto de normas jurídicas que protegen los derechos fundamentales de los trabajadores entre los que se encuentra el trato igual, la no discriminación a la que agregaremos, la libertad de trabajar, la erradicación del trabajo infantil y la libertad sindical. Además, incluyó el concepto de trabajo decente y su contexto -el diálogo social- como un componente necesario de todas las formas de trabajo aún las más nuevas, impactadas por la tecnología y distanciadas del esquema de trabajo clásico fordista taylorista. Receptando en su regulación aspectos tales como el derecho a la desconexión, el límite de la Jornada, la voluntariedad y la reversibilidad del teletrabajo la nueva ley incluye una temática fundamental para el trabajo en el ámbito doméstico: la protección especial para las tareas de cuidado en forma exclusiva o compartida consagra un derecho con el que la normativa interna tiene una gran deuda.

El teletrabajo, forzado e impulsado en el espacio de la pandemia, deberá restablecer el equilibrio cuando el aislamiento obligatorio haya sido superado, con participación de los actores sociales e intervención del Estado. La acción sindical y el control de la normativa parecen los nuevos retos para que los derechos de los trabajadores retomen su cauce. Innovación regulatoria, protecciones centenarias y nuevo derecho laboral.

El impacto de la transformación tecnológica implica cambios de distinta índole a nivel global. Sin embargo, el mismo proceso exhibe diferencias sensibles al interior de la región. El impacto de la automatización robótica o digital es disímil según la estructura económica de los países, y está condicionado por el contexto institucional y subjetivo. En este sentido, el rol de los estados y de las organizaciones sindicales debe analizarse más allá de la cuantificación de los puestos de trabajo eliminados, creados o transformados por el impacto de la incorporación de la tecnología, sino a través de la pregunta por la calidad del empleo. La fragmentación y la precariedad prevalecen sobre el ahorro de tiempos de trabajo o el aumento de la productividad.

Los modelos que promueven la creación de figuras parasubordinadas se asientan sobre la fragmentación y segmentación del trabajo. Sin embargo, si los sistemas protectorios permanecen ajustados a concepciones restrictivas del trabajo, su sentido también tiende a desnaturalizarse. Se requiere una nueva agenda de ampliación de cobertura, ampliación de derechos y nuevas garantías. En el mismo sentido, la institucionalización de garantías laborales y derechos fundamentales del trabajo puede ser ajeno a las nociones de establecimiento físico y jornada continua, sin perforar o alterar los regímenes de respeto de la limitación de la jornada y la ampliación de los descansos. La incorporación de supuestos objetivos de gobernanza efectiva del tiempo de las personas trabajadoras podría servir como política de cobertura para poblaciones hoy deslaboralizadas por el emergente digital. Independientemente de elegir el camino de la regulación y el control del cumplimiento de las normas existentes o a crearse respecto de los vínculos que generan las plataformas digitales con sus trabajadores, este novedoso modelo de negocios pone a disposición infinitas posibilidades de crear modelos democráticos de producción si y solo si están mediados por regulaciones protectorias y un rol activo de los estados y de las organizaciones sindicales. Las reformas en las regulaciones son fundamentales, sí. Pero también la construcción de alternativas que permitan, sobre todo en la coyuntura inédita que atravesamos, salidas que generen ingresos para los trabajadores con protección social. Tecnología y modelo sindical. Protección social frente a los nuevos modelos de producción y negocios.

Las tecnologías de la comunicación y la información pueden ser una herramienta para un fortalecimiento de la representación de las organizaciones sindicales. Los sindicatos no solo tienen que adaptarse a las nuevas formas de trabajo sino que también tienen que introducir a la tecnología en el desarrollo de sus actividades y prestación de servicios a sus trabajadores. Incorporar en la agenda del sindicalismo argentino el uso de la tecnología así como las nuevas formas de trabajo es un aspecto fundamental para que estas organizaciones puedan continuar desarrollando sus actividades de representación y prestación de servicios en la revolución 4.0. Telesindicalismo. Gestionar servicios digitalmente y para fomentar el ejercicio de los derechos colectivos. No hay otra alternativa para enfrentar la desterritorialización y despersonalización de los vínculos laborales

Resulta fundamental analizar las perspectivas de organización colectiva de los trabajadores de una plataforma. ¿Quién va a proteger a estos trabajadores? El Estado se encuentra paralizado, las normas son obsoletas y los sindicatos actúan bajo antiguos modelos. Hasta la fecha la balanza se inclina negativamente en detrimento de los trabajadores. El futuro del trabajo y los sindicatos

La tecnología nos interpela. Las empresas rompen sus estructuras verticales para trabajar en red, se acelera la transformación cultural y organizacional con inconmensurable (al menos hasta ahora) impacto en los trabajadores, las empresas y los estados.

La historia ha probado que los avances tecnológicos no son la causa del desempleo, la pobreza y la precariedad. La tecnología reemplaza trabajadores? Si. Destruye puestos de trabajo? Si. Pero crea otros y la precariedad es responsabilidad de las políticas públicas.

No podemos regular sin por lo menos analizar conscientemente el contexto político e institucional en el que vivimos.

Cambio la forma en que trabajamos? Se hizo más difícil para los trabajadores organizarse? Se modifica el rol de los sindicatos? Para responder a todas estas preguntas necesitamos retomar la conducción de procesos donde el estado, los sindicatos y las empresas dialoguen y nos digan cómo abordar la nueva realidad y cómo hacer de la tecnología una oportunidad para aumentar la generación de empleo genuino y decente.

Es urgente que los sindicatos, en definitiva, los trabajadores, tomen las riendas de estos procesos y con la ayuda del estado conduzcan la reconversión de los trabajadores que la tecnología inevitablemente reemplaza. Modelos de producción colaborativos. Cooperativismo de plataformas y participación del estado.

Las cooperativas de plataformas son organizaciones digitales propiedad de y administradas por una comunidad de miembros en-línea (Scholz; 2017). Con la revolución 4.0 muchas organizaciones productivas junto con sus trabajadores están quedando fuera del sistema con las consecuencias económicas y sociales que representa para los trabajadores y sus familias. El trabajo colaborativo y las economías de plataforma pueden ser una estrategia de integración, desarrollo y sustentabilidad para ellos. El Gobierno Argentino tiene que incorporar en su agenda políticas que regulen el diseño y ejecución de plataformas cooperativas.

Esta audaz posibilidad, que las plataformas sean gobernadas e incluso propiedad de sus trabajadores, no debe ser analizada como una competencia para las empresas capitalistas.

Brecha en la recolección y procesamiento de datos entre el sector privado y el Estado

La innovación y desarrollo tecnológico genera cambios en la forma de producir y gestionar de las empresas reduciendo por ejemplo los tiempos de producción entre filiales localizadas en distintos países, así como la forma de almacenar y administrar su información.

Tal vez la mayor disrupción ocurrida en la última década es la capacidad -mayormente en el sector privado, de procesar datos para generar negocios personalizados, hechos a medida. Esa particularidad o posibilidad, mejor dicho, de tocar la puerta del consumidor y a su vez, de cientos de millones de ellos, genera una brecha de comunicación con el ciudadano cada vez mayor entre el Estado y las empresas.

El Estado y las organizaciones del mundo del trabajo tienen que acompañar ese cambio diseñando políticas y programas que permitan atender las demandas de los trabajadores y empresarios, por un lado. Y, por otro, para velar por el cumplimiento de la legislación laboral y de la seguridad social, entre otras. Un primer desafío que tiene el Estado Argentino es avanzar en el diseño y puesta en marcha de una norma que regule la administración de los datos personales y de las compañías con el fin de avanzar en una política integral que tenga en cuenta a la innovación y el uso de la tecnología y del dato como un aliado no sólo para velar por el cumplimiento de las normas sino también para el diseño de políticas y programas que acompañen el desarrollo e inclusión de todos los trabajadores y organizaciones productivas. -privacidad - intimidad - propiedad de los datos - diseño algorítmico Conclusiones

En definitiva. ¿Las plataformas generan trabajo precario o las desigualdades estructurales de los sistemas productivos engrosan cada vez más la oferta de trabajadores sin opciones? Si, las empresas continúan abandonando la relación laboral estándar esto puede proporcionar a las plataformas una creciente oferta de mano de obra, incluso durante los períodos de baja tasa de desempleo, fomentando un círculo vicioso que erosiona la calidad general del empleo. (SCHOR)

El futuro traerá más empresas organizadas mediante plataformas y seguramente, años después, gigantes monopolios de plataformas, superplataformas: consolidando entidades con formidable recopilación de datos, capacidad y alcance global (Frenken 2017).


Este futuro viene de la mano de la superexplotación y supervigilancia. (SCHOR). El camino alternativo, el del equilibrio, solo pueden diseñarlo -como siempre- los estados y los actores sociales en pugna.


IV.- Hacia el reconocimiento del trabajo con valor y derechos en la economía popular y en la organización social del cuidado.

Beatriz Cappelletti, Verónica Carpani, Victoria Flores Beltrán, Rocío de Hernández, Mariana Rabaia


La economía popular se configura de un modo especial en Argentina a partir de sus formas organizacionales desde los movimientos piqueteros de resistencia en los años noventa, denunciando en el espacio público el fenómeno creciente de la desocupación y la precariedad laboral y visibilizando la separación gradual entre ‘trabajo’ y ‘empleo’; organizaciones con gran protagonismo durante la crisis del 2001, donde fueron los portavoces de una explosiva situación social. Durante los gobiernos kirchneristas, de orientación popular, las organizaciones sociales representativas del sector son agentes de promoción comunitaria, organización económica y acción política articulando con los estados nacional y locales para la implementación del desarrollo social en el territorio, ámbito en el cual se desarrollan una multiplicidad de actividades –muchas ejercidas de modo asociativo- que adquieren el formato de trabajos ‘sin patrón/patrón oculto’ en condiciones de precariedad y alta informalidad.

A partir de fines del año 2015 y hasta el 2019 con el gobierno de Macri, una administración de derecha ideológica y política en la que se agudizan los índices de precariedad laboral, pobreza e indigencia[2], los movimientos sociales presionan por la continuidad de políticas que aseguren un ingreso a los trabajadores que representan, ya identificados como “trabajadores de la economía popular”[3] y el logro del Salario Social Complementario expresa esa demanda de reconocimiento.

En la actualidad Argentina transita la pandemia en el marco del gobierno progresista de Alberto Fernández, y la economía popular –y sus organizaciones- han cobrado una visibilidad inédita hasta el presente: la primera medida de contención social frente a la emergencia fue el lanzamiento de un plan de ingresos para las familias más vulneradas, el IFE –Ingreso Familiar de Emergencia- (valor mensual de U$S 140) con una previsión inicial por parte del gobierno de 2.600.000 beneficiarios. El resultado a la fecha es que el número efectivo de personas que cobran el beneficio es de 9.000.000 aproximadamente.


Cuál es la explicación de semejante brecha entre la magnitud prevista y la efectiva? Buena parte de la respuesta se encuentra en el campo de la economía popular, donde un colectivo importante de trabajadoras y trabajadores informales que viven exclusivamente de su trabajo quedaron inactivos y sin ingresos por el aislamiento obligatorio y las restricciones de la pandemia. Son trabajadores que carecen de ahorros, y que participan de una economía circulante de productos, personas, en un movimiento cotidiano interrumpido por la cuarentena[4].

Otra dimensión del trabajo en la economía popular es su falta de reconocimiento y valorización. Esto remite a la invisibilización que se señalaba más arriba: no se reconoce la identidad de “trabajador/a” a las personas que la integran, se los identifica como sujetos del subsidio estatal, intermediarios, voluntarios, no sujetos con derecho al salario ni a las demás instituciones del trabajo y la seguridad social. No se valoriza la actividad que desarrollan y que la pandemia volvió en muchos casos esencial: un trabajo en gran parte feminizado y que colabora en la reproducción y cuidado de la vida y el ambiente, la alimentación, la salud: son las trabajadoras de la economía del cuidado –de niñes, mayores, personas dependientes-, los que organizan comedores barriales y otros trabajadores socio comunitarios, los vendedores ambulantes, feriantes y artesanos, las cartoneras y recicladores, las y los pequeños agricultores, los agentes de limpieza y mejoramiento ambiental, entre otros.

Las actividades incluidas en el sector de la economía popular están sin duda asociadas a los trabajos del futuro y a garantizar niveles de productividad de la economía y bienestar de la sociedad.

La organización social del cuidado


Si bien el sector del cuidado excede el marco de la “economía popular”, dentro de este colectivo las actividades de reproducción de la vida y sostenimiento de las personas dependientes, adultos mayores y les niñes, constituyen una actividad de gran magnitud y que se desarrolla en condiciones de gran precariedad, sin reconocimiento de ingresos y demás atributos laborales[5].

La invisibilización de estas actividades y la verificación de que principalmente se ejercen en el ámbito privado del hogar, constituyen un desafío a las políticas públicas tanto en lo que hace al reconocimiento de derechos laborales cuanto a la prevención de situaciones de violencia doméstica, incrementadas durante la pandemia.


En esta línea, asumimos las recomendaciones realizadas en julio del año 2019 por el colectivo “Agenda Urgente”, algunas de las cuales ya fueron asumidas por el actual gobierno nacional:


“Se propone fortalecer la institucional laboral, reconociendo la heterogeneidad de actividades y modalidades de trabajo en ese ámbito, y posicionando al Estado como regulador y garante de los derechos individuales y colectivos de las y los trabajadores que allí se desempeñan” y “desarrollar un esquema de valorización del trabajo a partir de un nuevo marco de redistribución y aplicación de mecanismos de certificación de calidad de productos y procesos, de la capacitación y del fortalecimiento de los distintos segmentos que componen las cadenas de valor del sector[6].

En este marco se destacan las conquistas a partir de la sanción de la Ley de emergencia social y su demanda por hacerlas efectivas por parte de las organizaciones sociales y sindicales: El Registro de los Trabajadores de la Economía Popular (RENATEP), de reciente creación; El Salario Social Complementario que restituye valores no reconocidos o confiscados por el mercado; el Consejo de la Economía Popular, ámbito que expresa una demanda pendiente de participación plena de las y los trabajadores del sector en los ámbitos de diálogo social y negociación colectiva.


A partir de la asunción del Gobierno nacional en diciembre de 2019, y sobre todo desde la implementación del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) para afrontar la pandemia del covid 19, se tomaron una serie de medidas que reflejan la voluntad política de reconocer institucionalmente a un sector como el de la economía popular, que según algunas proyecciones ocuparía cerca de un 30% de la población económicamente activa (PEA)[7], y que hoy tiene serias dificultades de registro por parte del sistema estadístico nacional.


Por otra parte, el reconocimiento de la organización social del cuidado como una actividad esencial y su promoción en los territorios para poblaciones en riesgo social y/o sanitario[8], refleja un nuevo rol del Estado promoviendo condiciones de equidad y ampliando las fronteras de los derechos del trabajo y la protección social.

Conclusiones


Será necesario reconocer y valorizar las distintas actividades de la economía popular. A las personas que la integran, se los identifica como sujetos del subsidio estatal, intermediarios, voluntarios, no sujetos con derecho al salario ni a las demás instituciones del trabajo y la seguridad social. Se deberá regular reconociendo los derechos laborales a estos trabajos en gran parte feminizado y que colabora en la reproducción y cuidado de la vida y el ambiente, la alimentación, la salud: son las trabajadoras de la economía del cuidado –de niñes, mayores, personas dependientes-, los que organizan comedores barriales y otros trabajadores socio comunitarios, los vendedores ambulantes, feriantes y artesanos, las cartoneras y recicladores, las y los pequeños agricultores, los agentes de limpieza y mejoramiento ambiental, entre otros.

Las actividades incluidas en el sector de la economía popular están sin duda asociadas a los trabajos del futuro y a garantizar niveles de productividad de la economía y bienestar de la sociedad. En cuanto a las propuestas para lograr una organización social del cuidado justa y equitativa, se deberá promover la creación de un sistema integral de cuidados, que promueva la participación de las mujeres en el trabajo remunerado, reconociendo y jerarquizando el trabajo de las y los cuidadores con plenitud de derechos.

Para ello el Estado tiene que posicionarse como garante principal de derechos, ampliando la cobertura de centros de cuidado inclusivos e integradores dedicados a la atención de niñes, adultos mayores y personas dependientes.


V.- Protección Social y Sistema de Seguridad Social: Regímenes Fiscales e Ingreso Básico Universal

Emilia Roca, Eleonora Slavin


En este capítulo se busca que los grupos aporten experiencias y políticas de cada uno de sus países que nos permitan tener una aproximación al tratamiento de la temática en un sentido amplio. En general se define la protección social desde diferentes ángulos. Si bien la seguridad social es la forma predominante en muchos de nuestros países, creemos que también deberían incluirse otras políticas de protección social que abarcan un abanico extenso de políticas e intervenciones del Estado. Éstas tienen como objetivo brindar condiciones de vida adecuadas que permitan a los ciudadanos afrontar los riesgos sociales y económicos a lo largo de su ciclo de vida, así como promover mayores grados de igualdad y equidad entre los diferentes sectores de la sociedad. Sin embargo, es dable recordar el intenso debate que fundamentalmente durante los años 90 - tanto en nuestro país como en el resto de América Latina- se planteó respecto de la responsabilidad social compartida. ¿Debe el estado establecer un sistema que gestione en forma solidaria los recursos necesarios para que cada uno de los habitantes tenga cubiertos los riesgos sociales, o por el contrario cada individuo debe gestionarlo conforme sus capacidades y recursos? Esta última opción fue la que a partir de la experiencia Chilena durante la dictadura de Pinochet dio lugar a la creación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensión (AFP ) y que luego en la década del noventa de extendió a otros países latinoamericanos. En general se puede decir que las economías capitalistas avanzadas se caracterizan por una intervención fuerte del Estado en la regulación del acceso a servicios sociales para el logro de una vida social económica y de bienestar social amplia. Dentro de América Latina podemos tenemos diferentes sistemas de protección social. Carmelo Mesa Lagos define como sistemas maduros a casos como los de Chile, Uruguay, Costa Rica y Argentina todos países de larga historia en sistemas de seguro social, teniendo en cuenta los interregnos que significaron la implementación de fondos de pensión individuales y de administración privada en muchos de ellos. Argentina abandonó este sistema de capitalización individual en el año 2008. Actualmente nos encontramos en una crisis económica, social y sanitaria sin precedentes debido a la irrupción de una pandemia provocada por la aparición del virus -Covid19- hasta hoy incurable. Este hecho puso en evidencia los tremendos resultados de una globalización salvaje, la financiarización de la economía, la falta de regulaciones y la explotación irresponsable de los recursos naturales, entre otros. Asimismo, esta forma de globalización provocó la mayor desigualdad en la distribución de los ingresos y la riqueza de los últimos 70 años. Es en este marco en el que debemos situarnos para poder proponer respuestas que nos permitan resolver cuestiones de corto y largo plazo referidas a la PROTECCIÓN SOCIAL. En cuanto a las de corto plazo se requiere instrumentar una serie de políticas para el sostenimiento de los ingresos, los empleos, así como recursos necesarios para atender a los sistemas de salud que hoy son los más castigados y exigidos por la pandemia. No sólo proveer servicios de salud suficientes y adecuados para todos sino, también para los propios trabajadores y trabajadoras de la salud quienes hoy están más expuestos a condiciones insalubres.

Uno de los mayores dilemas que se plantean frente a la crisis tiene que ver con la priorización de la salud o de la economía. Entendemos que no solo este dilema es falso, sino que tiene componentes ideológicos y políticos. Frente a la intervención del estado a favor de la protección de la salud, hay quienes entienden que pueden sacrificarse vidas humanas en aras de un resultado económico o de los intereses de los sectores más concentrados de la economía. En este marco, el Gobierno de Alberto Fernández priorizó la vida y la salud del pueblo y decretó el estado de emergencia sanitaria, disponiendo una cuarentena a mediados de marzo. Esta situación se fue prorrogando, estableciéndose diferentes fases diferentes según el grado de gravedad o nivel de contagios registrados. De esta manera al tiempo que se evita la propagación de la pandemia, se puede contar con el tiempo necesario para adecuar el sistema sanitario público que se encontraba en un deterioro profundo a causa de las políticas llevadas adelante por el gobierno anterior. A modo de ejemplo, las políticas de corte neoliberal llevadas adelante en los últimos cuatro años se caracterizaron por el paulatino retiro del Estado en la provisión -entre otros- de bienes y servicios de salud. Consecuentemente, la cuarentena posibilitó que se adecuaran los servicios de salud dotándolos de nuevos hospitales, algunos móviles o de campaña y se proveyera de recursos tecnológicos -camas de terapia intensiva, respiradores, etc.- y se designaran nuevos trabajadores y trabajadoras de la salud a fin de atender a los pacientes afectados por la pandemia. Simultáneamente, se llevaron a cabo una serie de intervenciones del Estado Nacional para proveer de ingresos a vastos sectores de la población a fin de mitigar la pérdida de empleos como consecuencia de la pandemia, así como políticas tendientes a sostener y mantener el empleo apoyando a las empresas más afectadas por la con ayudas específicas. Entre las más importantes podemos señalar: 1) INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA: Se instrumentó una medida extraordinaria de sostenimiento del ingreso de las familias a través de la puesta en marcha del Ingreso Familiar de Emergencia -IFE- que alcanzó a 9 millones de personas. Este número de personas en condiciones de vulnerabilidad puso al descubierto la intensidad de la crisis tanto social como económica. La ausencia de políticas públicas en los últimos años había producido una fuerte caída en los empleos e ingresos (previos a la emergencia). El monto del IFE es de $10.000 (aproximadamente U$100). Este ingreso significa para el país una erogación mensual de casi 100 mil millones de pesos (100 millones de dólares). En el marco de la crisis del país, esto significa un esfuerzo del Estado de enorme magnitud. Se espera que este ingreso continúe durante la pandemia y hasta que se puedan generar los empleos necesarios. 2) TARJETA ALIMENTAR: Previo a la declaración de cuarentena, se implementó un programa de acceso a la Alimentación adecuada a través de la llamada Tarjeta Alimentar. Está dirigida a los sectores más vulnerables. Tanto los beneficiarios de la Asignación Universal por hijo (AUH), como los de jubilaciones y pensiones mínimas recibieron esta tarjeta en forma automática. También se reforzó la provisión de alimentos a los comedores comunitarios. 3) PROGRAMA DE AYUDA A LA PRODUCCIÓN Y EL TRABAJO: Con el objetivo de sostener el empleo, se implementó este programa por el cual el Estado abona a los trabajadores en relación de dependencia privada el 50% de los salarios (con topes según el salario mínimo) de forma tal de ayudar a las empresas a mantener las fuentes de trabajo. Esta medida es similar a la establecida en el Gobierno de Cristina Kirchner (REPRO) frente a la crisis del 2008. 4) Se sancionaron también normas dirigidas a la defensa del empleo como los DNU que duplican las indemnizaciones por despido y posteriormente la prohibición de los despidos sin causa justificada, entre otros.


Políticas de Seguridad Social


En relación a las políticas de Seguridad Social, en nuestro país, el modelo clásico del sistema Público de Reparto, está financiado con Contribuciones Patronales y Aportes de los Trabajadores e Impuestos de asignación específica. Es un modelo en permanente transformación y al mismo tiempo en permanente disputa por ser el presupuesto más importante del Estado Nacional. En los últimos cuatro años se fijaron políticas de promoción del empleo a través de rebajas de contribuciones patronales, pese a que está demostrado que las mismas no son efectivas para ese fin y desfinancian al sistema. Entendemos que se debió haber realizado previamente un cálculo de las transferencias netas que reciben las provincias por los jubilados que residen en las mismas. Este problema debería estar contemplado en próximas reformas al sistema.

Por otro lado, se está discutiendo actualmente el modo o fórmula de ajuste de las prestaciones por jubilación y pensión. Estas erogaciones tienen un peso fundamental en los recursos del Tesoro Nacional y al mismo tiempo constituyen una deuda histórica con los beneficiarios del sistema y una fuente de litigiosidad en aumento. La complejidad de un sistema de seguridad social público de reparto depende de muchas variables y no todas se corresponden estrictamente con la administración del mismo: el empleo formal, los recursos de impuestos asignados a la seguridad social, las fórmulas de ajuste de los haberes, etc. Los parámetros a tener en cuenta son el número de trabajadores que hacen aportes (cuenta propia registrados o asalariados registrados/no registrados), y las edades de jubilación (60 o 65 años).

Conclusiones


Creemos necesario, una vez finalizada la pandemia, pueda discutirse seriamente una reforma que se base en cálculos actuariales claros de manera de poder arribar a un sistema menos vulnerable a los cambios políticos.

En ese sentido, entendemos que sustentabilidad del régimen se vincula con: a) El diseño general régimen o modelo que adopte; b) El financiamiento, siendo necesario definir cuáles son los aportes y contribuciones necesarios para que el sistema; c) La necesaria participación del Estado en dicho financiamiento a través de impuestos con asignación específica; d) Los sujetos alcanzados; e) Las contingencias a cubrir; f) Los requisitos exigidos (edad , años de aporte, etc.); g) Fundamental diseño del cálculo prestacional ; h) El grado de sustitución del ingreso en actividad; i) Alcance y magnitud de la garantía del Haber Mínimo. Estos son los temas que entendemos que deberemos discutir en Argentina una vez superemos la Pandemia.


Notas

[1] Trabajar para un futuro prometedor, Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo, 2019. Referencia: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---cabinet/documents/publication/wcms_662541.pdf [2] En el primer semestre de 2015 el 30% de las personas estaban bajo la línea de pobreza y el 5.6% bajo la línea de indigencia; las cifras treparon al 35.5% y 8% respectivamente en el segundo semestre de 2019. En cuanto a las tasas de empleo no registrado la evolución fue del 31.5% (1er trimestre 2015) al 35.5% (4to trimestre 2019). Fuente: CETyD en base a EPH (INDEC).

[3] Dos importantes movilizaciones en esta etapa (agosto 2016; noviembre 2016) encontraron a las principales organizaciones de la economía popular con el apoyo de las confederaciones sindicales reclamando la sanción de la Ley de Emergencia Social y el Salario Social Complementario. (Ley Nro. 27345/16). La ley incorpora el salario social complementario a niveles del salario mínimo, vital y móvil; crea el Consejo de la Economía Popular y el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular (RENATEP).

[4] Roig, Alexandre, http://www.idaes.edu.ar/pdf_papeles/Financiarizacion%20y%20derechos%20BOLL.pdf [5] Un informe de la Dirección de Género del Ministerio de Economía “mide” el valor económico del trabajo en la economía del cuidado en pandemia y señala que constituye un 15.6 % del PBI, superando al aporte de la industria (13.2%) y el comercio (13%). Un estudio de OIT destaca la magnitud global del sector: www.ilo.org/global/topics/care-economy/care-for-fow/lang--

es/index.htm

[6] http://library.fes.de/pdf-files/bueros/argentinien/15628.pdf: Agenda Urgente para una sociedad de Trabajo, Bs.As., 2019

[7] El Ministerio de Desarrollo Social creó el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular (RENATEP) a los fines de reconocimiento institucional, formalización y garantía de derechos para las y los trabajadores del sector para “que accedan a herramientas que les permitan potenciar su trabajo. Ser parte del mismo les permite acceder a programas de trabajo, seguridad social y capacitación; participar de redes de comercialización y tener acceso a herramientas crediticias y de inclusión financiera”.

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Os artigos assinados e notícias reproduzidas com respectivas fontes não representam posições da Academia Paulista de Direito do Trabalho, refletindo a diversidade de visões relevantes abrangidas pelo tema e pela APDT.

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